Si te han condenado por un delito contra la seguridad vial tras dar positivo en un control de alcoholemia, es normal que quieras saber cómo cancelar antecedentes penales por alcoholemia para que esa condena deje de figurar en tu certificado de penales. La noticia positiva es que este tipo de delitos, al estar castigados con penas relativamente moderadas, tienen plazos de cancelación cortos en comparación con otros delitos más graves.
A continuación te explicamos qué es exactamente este antecedente, qué requisitos exige la ley para cancelarlo, cuánto tiempo hay que esperar y cómo se tramita la solicitud ante el Ministerio de Justicia, con independencia de la provincia donde se dictara la sentencia, ya que el Registro Central de Penados funciona de forma unificada para toda España.
¿Qué es un antecedente penal por alcoholemia?
El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas está tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Se sanciona con pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor de uno a cuatro años.
Cuando la sentencia condenatoria adquiere firmeza, ya sea por conformidad, juicio rápido o procedimiento abreviado, el Juzgado remite el testimonio al Registro Central de Penados, dependiente del Ministerio de Justicia. Desde ese momento, la condena aparecerá en el certificado de antecedentes penales hasta que se cumplan los requisitos legales para su cancelación.
¿Qué requisitos exige la ley para cancelar este antecedente?
El artículo 136 del Código Penal establece las condiciones generales que deben cumplirse para cualquier cancelación de antecedentes penales, también aplicables a los delitos de alcoholemia:
- Haber cumplido la pena en su totalidad, incluidas las penas accesorias como la privación del permiso de conducir, la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad, o haber obtenido la remisión definitiva en caso de suspensión de la condena.
- No haber delinquido de nuevo durante el plazo de cancelación correspondiente, contado desde el día siguiente a la extinción de la pena.
- Estar al corriente de la responsabilidad civil derivada del delito, salvo que se haya declarado insolvencia o exista imposibilidad de pago debidamente acreditada.
Es importante tener en cuenta que el plazo no empieza a contar desde la fecha de la sentencia, sino desde que la pena queda completamente extinguida, incluyendo la pena accesoria de privación del carné de conducir, que suele ser la que más tarda en cumplirse.
¿Cuánto tiempo hay que esperar para cancelar antecedentes por alcoholemia?
El delito del artículo 379.2 del Código Penal se clasifica habitualmente como delito menos grave, con penas que no exceden de doce meses de prisión o que consisten en multa, trabajos comunitarios o privación de derechos. Para este tipo de penas, el artículo 136 del Código Penal fija con carácter orientativo un plazo de cancelación de dos años desde el cumplimiento de la condena.
Este plazo puede variar en función de las circunstancias concretas de cada caso, como la existencia de antecedentes previos, la reincidencia o si la pena impuesta fue de mayor duración por concurrencia con otros delitos (por ejemplo, un delito contra la seguridad vial junto con lesiones o daños). Por ello, conviene revisar la sentencia y el testimonio de ejecutoria para calcular con precisión la fecha a partir de la cual se puede solicitar la cancelación.
Diferencia entre infracción administrativa y delito penal
No todas las alcoholemias generan antecedentes penales. Si la tasa detectada no supera los límites del artículo 379.2 del Código Penal (0,60 mg/l en aire espirado, o 0,30 mg/l para conductores profesionales o noveles), suele tratarse de una infracción administrativa sancionada por la Dirección General de Tráfico, que no genera antecedentes penales ni requiere este trámite. El procedimiento que explicamos aquí solo es aplicable cuando ha existido una condena penal firme.
Pasos para solicitar la cancelación ante el Ministerio de Justicia
Aunque la ley prevé en determinados supuestos la cancelación de oficio, en la práctica es recomendable presentar la solicitud de forma expresa para agilizar el proceso. Los pasos habituales son los siguientes:
- Solicitar el certificado de antecedentes penales para comprobar si la condena sigue figurando inscrita.
- Reunir la documentación: testimonio de la sentencia firme, certificado del Juzgado que confirme el cumplimiento íntegro de la pena (incluida la retirada del permiso de conducir) y, si procede, justificante de pago de la responsabilidad civil.
- Cumplimentar el formulario de solicitud de cancelación, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
- Presentar la solicitud, ya sea de forma telemática con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente a tu domicilio o en cualquier registro público.
- Esperar la resolución del Registro Central de Penados, que puede estimar la cancelación o requerir documentación adicional.
Si la condena se dictó en un Juzgado de lo Penal o en un Juzgado de Instrucción por juicio rápido, es ese mismo órgano judicial el que debe certificar el cumplimiento de la pena, documento imprescindible para que el Registro resuelva la solicitud.
Normativa aplicable
El procedimiento de cancelación de antecedentes penales por delitos de alcoholemia se rige fundamentalmente por:
- El artículo 379.2 del Código Penal, que tipifica el delito contra la seguridad vial.
- El artículo 136 del Código Penal, que regula los requisitos y plazos de cancelación.
- El Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia, que incluye el funcionamiento del Registro Central de Penados.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud de cancelación?
No existe un plazo legal de resolución garantizado y el tiempo puede variar según la carga de trabajo del Registro Central de Penados y la complejidad de cada expediente. Como orientación, conviene calcular varios meses desde la presentación de la solicitud hasta obtener respuesta.
¿Puedo seguir conduciendo mientras tengo antecedentes por alcoholemia?
Sí, siempre que hayas cumplido la pena de privación del derecho a conducir impuesta en la sentencia. Tener antecedentes penales no impide por sí mismo volver a conducir una vez recuperado el permiso, salvo que exista otra resolución judicial que lo impida.
¿Se cancelan automáticamente los antecedentes o hay que pedirlo siempre?
La ley prevé mecanismos de cancelación de oficio, pero en la práctica es frecuente que los antecedentes sigan apareciendo si no se solicita expresamente la cancelación, especialmente si falta algún certificado de cumplimiento de pena en el expediente.
¿Qué pasa si tengo más de una condena por alcoholemia?
Si existen varias condenas, el plazo de cancelación se calcula de forma independiente para cada una, aunque la existencia de condenas posteriores durante el plazo de cancelación de una anterior puede interrumpir dicho plazo. Es recomendable revisar cada ejecutoria por separado.
¿Necesito abogado para tramitar la cancelación?
No es obligatorio, ya que se trata de un trámite administrativo ante el Ministerio de Justicia que puede realizar el propio interesado. No obstante, contar con asesoramiento puede ser útil para calcular correctamente los plazos y reunir la documentación necesaria, especialmente si ha habido condenas múltiples o circunstancias que compliquen el cómputo.