Si necesitas saber cómo obtener certificado de antecedentes penales, ya sea para un trabajo, una oposición, adoptar, viajar o realizar un trámite administrativo, el proceso es más sencillo de lo que parece: puedes tramitarlo online, presencialmente o por correo postal a través del Ministerio de Justicia. En este artículo te explicamos paso a paso cómo solicitarlo, qué requisitos necesitas, cuánto cuesta y qué hacer si el certificado refleja antecedentes que ya deberían estar cancelados.
¿Qué es el certificado de antecedentes penales?
El certificado de antecedentes penales, también llamado certificado de penales, es un documento oficial expedido por el Registro Central de Penados que acredita si una persona tiene o no condenas penales vigentes en España. Este registro depende del Ministerio de Justicia y recoge las sentencias firmes dictadas por los tribunales españoles, salvo aquellas que ya han sido canceladas conforme a la normativa vigente.
¿Para qué se pide este certificado?
Se solicita habitualmente para procesos de adopción, obtención de determinadas licencias, oposiciones a cuerpos de seguridad o función pública, trámites de extranjería, adopción de nacionalidad española, o para presentarlo ante empleadores que legalmente pueden exigirlo (por ejemplo, en trabajos con menores, conforme a la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia).
¿Cómo se solicita el certificado de antecedentes penales?
Existen tres vías principales para tramitarlo, todas gestionadas por el Ministerio de Justicia.
1. Solicitud online con certificado digital o Cl@ve
Es la forma más rápida. Accediendo a la sede electrónica del Ministerio de Justicia, con DNI electrónico, certificado digital o sistema Cl@ve, puedes solicitar el certificado y recibirlo en formato PDF con Código Seguro de Verificación (CSV), que tiene la misma validez legal que el documento en papel.
2. Solicitud presencial
Puedes acudir a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia (en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y otras capitales de provincia) con cita previa, llevando el DNI o pasaporte original y el modelo 790 abonado.
3. Solicitud por correo postal
Se envía el modelo 790 pagado junto con una fotocopia compulsada del DNI a la Gerencia Territorial correspondiente. Es la opción más lenta, ya que depende de los tiempos de envío y tramitación postal.
Requisitos para solicitar el certificado
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Disponer de DNI, NIE o pasaporte en vigor.
- Abonar la tasa correspondiente mediante el modelo 790.
- Para la vía online, contar con certificado digital, DNIe o Cl@ve registrada.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
La tasa orientativa para 2026 ronda los 3,90 euros, aunque conviene verificar el importe actualizado en el modelo 790 antes de pagar, ya que las tasas se revisan periódicamente. En cuanto a los plazos, la solicitud online suele resolverse en pocos días hábiles, mientras que la tramitación presencial o postal puede demorarse entre una y tres semanas, dependiendo de la carga de trabajo de cada Gerencia Territorial.
¿Qué pasa si el certificado muestra antecedentes que deberían estar cancelados?
Es habitual que personas que ya cumplieron su condena descubran que su certificado sigue reflejando antecedentes penales porque nunca solicitaron su cancelación. La cancelación no es automática en todos los casos y debe tramitarse expresamente ante el Registro Central de Penados, conforme al artículo 136 del Código Penal.
Plazos orientativos de cancelación según el tipo de pena
Los plazos para poder solicitar la cancelación se cuentan desde que se cumple la condena y varían según su gravedad, siendo aproximadamente de 6 meses para penas leves, 2 años para penas que no superen los 12 meses o sean por delitos imprudentes, 3 años para penas menos graves inferiores a 3 años, 5 años para el resto de penas menos graves, y 10 años para penas graves. Estos plazos son orientativos y pueden variar según la fecha de comisión del delito y las reformas del Código Penal aplicables al caso, por lo que es recomendable verificar el plazo exacto con un abogado especializado.
¿Cómo se solicita la cancelación de antecedentes penales?
Debe presentarse una solicitud ante el Registro Central de Penados, adjuntando el testimonio de la sentencia firme, certificado de cumplimiento de la pena (o del período de suspensión o libertad condicional) y, en su caso, certificado de pago de la responsabilidad civil. La solicitud puede presentarse directamente por el interesado o con asistencia de un abogado, especialmente cuando existen dudas sobre el cómputo del plazo o sobre la satisfacción de la responsabilidad civil.
Derechos del solicitante
Toda persona tiene derecho a solicitar su propio certificado de antecedentes penales, a conocer el contenido exacto de sus datos en el Registro Central de Penados, y a instar la cancelación de antecedentes cuando se cumplan los requisitos legales, sin que ello implique reconocer hechos no probados ni renunciar a derechos procesales. La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos también ampara el derecho a que los antecedentes cancelados no figuren en certificados ni sean tenidos en cuenta a efectos de reincidencia.
¿Cuándo conviene acudir a un abogado?
Si tu certificado refleja antecedentes que crees que deberían estar cancelados, si tienes dudas sobre el cómputo del plazo, si el delito es de cierta gravedad o si necesitas acreditar el pago de la responsabilidad civil, contar con asesoramiento legal especializado agiliza el trámite y evita rechazos por documentación incompleta.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el certificado de antecedentes penales de otra persona?
No. Solo el propio interesado puede solicitar su certificado, salvo representación legal debidamente acreditada o requerimiento judicial.
¿El certificado de antecedentes penales caduca?
Sí, su validez orientativa suele ser de 3 meses desde la fecha de expedición, aunque puede variar según el organismo que lo solicite.
±Si tengo antecedentes cancelados, aparecerán en el certificado?
No deberían aparecer. Una vez cancelados conforme al artículo 136 del Código Penal, los antecedentes no figuran en los certificados ordinarios expedidos a particulares.
¿Qué diferencia hay entre antecedentes penales y antecedentes policiales?
Los antecedentes penales derivan de condenas firmes y constan en el Registro Central de Penados; los antecedentes policiales son anotaciones internas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y no figuran en el certificado de penales.
¿Puedo tramitar el certificado si vivo fuera de España?
Sí, los españoles residentes en el extranjero pueden solicitarlo a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia o en los Consulados españoles, siguiendo un procedimiento similar al presencial.