Un abogado penalista para un caso de amenazas en Granollers cobra, de forma orientativa, entre 700 € y 3.500 €, según la fase del procedimiento, si hay instrucción previa o se tramita como juicio rápido, y si finalmente se acude a juicio oral. No existe un precio fijo porque los honorarios se pactan libremente entre abogado y cliente, sin baremos vinculantes desde la liberalización de la profesión.
Qué se considera delito de amenazas según el Código Penal
El delito de amenazas se regula en los artículos 169 a 171 del Código Penal. Consiste en anunciar a otra persona, a su familia o a alguien con quien esté íntimamente vinculada, un mal que constituya delito.
Amenazas condicionales graves (artículo 169 CP)
Cuando se amenaza con causar un mal constitutivo de delito (homicidio, lesiones, agresión sexual u otros) y además se exige una cantidad de dinero o se impone cualquier otra condición, la pena es de prisión de uno a cinco años si se logra el propósito, y de seis meses a tres años si no se consigue, conforme al artículo 169.1ª CP. Si no hay exigencia de condición, el artículo 169.2ª CP prevé pena de seis meses a dos años de prisión.
Amenazas leves (artículo 171 CP)
El artículo 171 CP castiga las amenazas de un mal no constitutivo de delito, así como las amenazas condicionales referidas a males que no son delito, con penas de multa de seis a veinticuatro meses, salvo que el hecho ya constituya otro delito más grave. Dentro de este artículo se incluyen también las amenazas leves en el ámbito de la violencia de género y doméstica (artículo 171.4 y 171.5 CP), que tienen penas específicas y agravadas.
Agravantes: armas y amenazas colectivas
El artículo 170 CP castiga las amenazas dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población o a un colectivo determinado. Además, cuando las amenazas se cometen con armas u otros instrumentos peligrosos, las penas se aplican en su mitad superior, tal y como recoge el propio articulado del Código Penal para estos supuestos.
Honorarios de un abogado penalista en Granollers para amenazas
No existe un arancel oficial obligatorio: desde la entrada en vigor de la normativa de defensa de la competencia, los colegios de abogados solo pueden publicar criterios orientativos, no vinculantes. Aun así, el mercado en la zona de Granollers y el Vallès Oriental se mueve en rangos relativamente estables según la fase procesal.
Factores que hacen variar el precio
- La gravedad de la amenaza (leve o grave) y si hay condición económica exigida.
- Si el caso se tramita por diligencias urgentes (juicio rápido) o por procedimiento abreviado ordinario.
- El número de comparecencias, testigos y pruebas que deban prepararse.
- Si existe relación de pareja o familiar, lo que puede activar protocolos de violencia de género o doméstica.
- Si el cliente es el investigado o la persona denunciante que ejerce la acusación particular.
Rango orientativo por fase procesal
- Primera consulta y análisis del caso: entre 0 € (si el despacho ofrece consulta gratuita) y 150 €.
- Asistencia en declaración ante la policía o el juzgado de guardia: entre 300 € y 700 €.
- Defensa en diligencias previas o instrucción: entre 800 € y 1.500 €.
- Representación en juicio rápido: entre 1.000 € y 2.000 €.
- Procedimiento abreviado completo hasta juicio oral: entre 1.800 € y 3.500 €.
- Recurso de apelación posterior: entre 800 € y 2.000 € adicionales.
Estas cifras son orientativas y no vinculan a ningún despacho concreto; cada profesional fija sus honorarios según la complejidad real del asunto y conviene siempre pedir presupuesto por escrito antes de aceptar el encargo.
¿Hay un baremo oficial que fije estos precios?
No. Los colegios de la abogacía pueden ofrecer criterios orientativos internos para informes sobre minutas, pero desde la reforma de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia no pueden imponer tarifas mínimas ni máximas. El precio final es siempre fruto de la negociación entre cliente y abogado, normalmente formalizada en una hoja de encargo.
Fases del proceso penal por amenazas en Granollers
Denuncia e instrucción
El procedimiento suele iniciarse con una denuncia ante los Mossos d'Esquadra o directamente en el juzgado, y la instrucción corresponde al Juzgado de Instrucción de Granollers, que decide si abre diligencias previas o deriva el asunto a juicio rápido cuando concurren los requisitos del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Juicio rápido o procedimiento abreviado
Si el hecho es flagrante y de instrucción sencilla, puede resolverse en pocos días mediante juicio rápido ante el propio Juzgado de Instrucción en funciones de guardia. Si requiere más investigación, se tramita como procedimiento abreviado, con más plazos y comparecencias, y pasa después al Juzgado de lo Penal de Granollers para el juicio oral si la pena solicitada no supera los límites competenciales de este órgano.
Juicio oral y recursos
Dictada sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona. En esta fase es habitual que los honorarios aumenten, ya que exige redactar un recurso motivado y, en ocasiones, nueva vista.
¿Puedo tener abogado de oficio para un caso de amenazas?
Sí. La Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, permite solicitar abogado de oficio si se acreditan los requisitos económicos exigidos, o de forma automática para la persona investigada en determinados supuestos de detención. La solicitud se gestiona a través del Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de la Abogacía correspondiente, que designa un letrado del turno de oficio cuando procede.
Errores que pueden perjudicar tu defensa
- Declarar ante la policía o el juzgado sin abogado presente, renunciando a la asistencia letrada.
- Consultar gratis → con la persona denunciante tras conocer la denuncia, lo que puede agravar la situación procesal.
- Borrar mensajes, audios o capturas de pantalla que podrían usarse como prueba de descargo.
- Minimizar el asunto pensando que una amenaza leve no tendrá consecuencias penales.
- Esperar a última hora para buscar abogado, reduciendo el tiempo para preparar la defensa.
Si el procedimiento termina en condena, conviene recordar que los antecedentes penales no son definitivos: cumplidos los plazos del artículo 136 del Código Penal y satisfechas las responsabilidades civiles, es posible solicitar su cancelación en el Registro Central de Penados.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en resolverse un caso de amenazas en Granollers?
Depende de si se tramita como juicio rápido, que puede resolverse en días o pocas semanas, o como procedimiento abreviado, que puede extenderse varios meses según la carga de trabajo del juzgado.
¿Las amenazas leves dejan antecedentes penales?
Sí, cualquier condena firme por amenazas, sea leve o grave, genera antecedentes penales que constan en el Registro Central de Penados hasta que se solicita y se concede su cancelación conforme al artículo 136 del Código Penal.
¿Puedo retirar la denuncia por amenazas?
En las amenazas leves que requieren denuncia previa, la persona denunciante puede, en determinados casos, desistir antes de la sentencia, pero el fiscal puede igualmente continuar el procedimiento si considera que hay interés público, especialmente en el ámbito de violencia de género.
¿Qué diferencia hay entre amenaza leve y amenaza grave?
La amenaza grave del artículo 169 CP implica anunciar un mal que en sí mismo constituye delito (como lesiones u homicidio); la amenaza leve del artículo 171 CP se refiere a un mal que no llega a ser constitutivo de delito, aunque igualmente es sancionable.
¿Debo contratar abogado antes de declarar?
Sí, es muy recomendable contar con asistencia letrada desde la primera citación o detención, ya que las primeras declaraciones suelen condicionar el resto del procedimiento.