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Penas por maltrato en España: qué prevé el Código Penal y cómo actuar si te acusan

Penas por maltrato según el Código Penal: artículos 153, 173 y 147, agravantes, procedimiento en Vic y cancelación de antecedentes penales.

RRedacción especializada de Cancelarpenales📅 05/07/2026🔄 05/07/2026⏱️ 6 min

Las penas por maltrato en España varían según el tipo de hecho: desde localización permanente de 5 a 30 días por una vejación leve, hasta prisión de 6 meses a 3 años si el maltrato es habitual, según los artículos 153, 173 y 147 del Código Penal. Si estás siendo investigado, lo primero es no contactar con la presunta víctima, no declarar sin abogado y buscar de inmediato asesoramiento de un penalista con experiencia en violencia doméstica y de género.

Importante: este contenido es informativo y no sustituye el análisis de un abogado sobre tu caso concreto; cada expediente depende de pruebas, antecedentes y circunstancias personales.

Qué tipos de maltrato castiga el Código Penal

El Código Penal distingue varios delitos según la gravedad, la relación con la víctima y si los hechos son puntuales o reiterados.

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Maltrato ocasional sin lesión (artículo 153 CP)

Cuando el autor golpea o maltrata de obra, o causa un menoscabo psíquico sin lesión que exija tratamiento médico, a su cónyuge o pareja (o expareja), el artículo 153.1 del Código Penal prevé prisión de 6 meses a 1 año, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, además de la privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años. Si la víctima es otra persona del entorno familiar (hijo, hermano, ascendiente), el apartado 153.2 reduce la pena a prisión de 3 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.

Maltrato habitual (artículo 173.2 CP)

Cuando existe violencia física o psíquica reiterada sobre cónyuge, pareja, descendientes, ascendientes u otras personas del núcleo familiar, el artículo 173.2 del Código Penal castiga esta conducta con prisión de 6 meses a 3 años, con independencia de que cada acto aislado tenga o no sanción propia. Aquí no se exige un número concreto de episodios: los tribunales valoran la habitualidad atendiendo a la proximidad temporal de los hechos.

Delito de lesiones (artículo 147 CP)

Si el maltrato provoca daños que requieren una primera asistencia facultativa o tratamiento médico o quirúrgico posterior, se aplica el artículo 147 del Código Penal, con prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses, según la gravedad del resultado.

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Vejaciones o injurias leves en el ámbito familiar (artículo 173.4 CP)

Cuando no hay lesión ni violencia física relevante pero sí una vejación o injuria de carácter leve hacia alguna de las personas del artículo 173.2 CP, se aplica el artículo 173.4 del Código Penal: localización permanente de 5 a 30 días (que se cumple en domicilio distinto y alejado del de la víctima) o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días.

Qué circunstancias agravan la pena

La pena puede aumentar si el hecho se comete en presencia de menores, con uso de armas, quebrantando una medida cautelar previa o aprovechando la convivencia. El quebrantamiento de una orden de alejamiento o de una medida cautelar en un procedimiento de violencia de género o doméstica constituye un delito independiente, recogido en el artículo 468 del Código Penal, con pena de prisión de 6 meses a 1 año.

Qué hacer si te acusan de maltrato

En las primeras horas

Si te han denunciado o detenido, tienes derecho a guardar silencio y a no declarar sin la presencia de tu abogado. No intentes contactar con la persona denunciante ni a través de terceros: aunque no exista aún una orden formal, cualquier contacto puede interpretarse como presión a la víctima y perjudicar seriamente tu defensa.

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Si existe una orden de protección

La orden de protección, regulada en la Ley 27/2003, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica, puede imponer alejamiento, prohibición de comunicación y, en su caso, medidas sobre el domicilio o la guarda de los hijos. Incumplirla, aunque sea de forma accidental, puede derivar en una nueva causa penal por el citado artículo 468 CP.

Cómo se tramita el procedimiento en Vic

Los hechos de maltrato ocurridos en Vic se investigan inicialmente en el Juzgado de Instrucción de Vic, que asume las funciones de Juzgado de Violencia sobre la Mujer cuando la víctima es o ha sido pareja del investigado, conforme a la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Según la calificación final de los hechos, el caso puede resolverse por un juicio de delito leve, un juicio rápido o pasar a procedimiento abreviado con juicio en el Juzgado de lo Penal correspondiente; los recursos de apelación se resuelven en la Audiencia Provincial de Barcelona, de la que depende el partido judicial de Vic.

Consecuencias más allá de la condena

Una condena por maltrato no solo implica la pena impuesta. Puede conllevar la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad o del régimen de visitas cuando el juez lo estime necesario para proteger a los menores, y genera antecedentes penales que figuran en el Registro Central de Penados mientras no se cancelen.

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Cuándo se pueden cancelar los antecedentes por maltrato

El artículo 136 del Código Penal fija los plazos de cancelación, que empiezan a contar desde que se cumple o se extingue la pena, siempre que no haya reincidencia y se haya satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito: 6 meses para penas leves, 2 años para penas que no excedan de 12 meses y para las impuestas por delitos imprudentes, 3 años para las demás penas menos graves inferiores a 3 años, 5 años cuando sean iguales o superiores a 3 años, y 10 años para las penas graves. Pasado ese plazo, puede solicitarse la cancelación de antecedentes para que dejen de figurar en los certificados ordinarios.

Preguntas frecuentes

¿Puedo evitar entrar en prisión si me condenan por maltrato ocasional?

Es posible solicitar la suspensión de la ejecución de la pena conforme a los artículos 80 a 87 del Código Penal cuando la pena no supera determinados límites y se cumplen los requisitos legales, que suelen incluir la ausencia de antecedentes y, en violencia de género, la participación en programas específicos de reeducación.

¿Qué pasa si la víctima retira la denuncia?

En los delitos de maltrato, salvo las vejaciones leves entre particulares sin violencia de género, la acción penal no depende exclusivamente de la voluntad de la víctima, por lo que el procedimiento puede continuar de oficio aunque esta no desee seguir adelante.

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¿Me pueden retirar la custodia de mis hijos por una condena de este tipo?

El juez puede acordar la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad o modificar el régimen de visitas si considera que es necesario para proteger el interés del menor, especialmente si los hechos se produjeron en su presencia.

¿Cuánto puede tardar en resolverse un juicio por maltrato?

Depende de la complejidad del caso y de la carga del juzgado; los juicios rápidos por delito leve suelen resolverse en semanas, mientras que los procedimientos abreviados con varias diligencias pueden prolongarse varios meses.

¿Puedo cancelar los antecedentes penales una vez cumplida la condena?

Sí, transcurrido el plazo correspondiente del artículo 136 del Código Penal y cumplidos los requisitos de pago de responsabilidad civil y ausencia de reincidencia, puedes solicitar la cancelación ante el Registro Central de Penados.

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