El Código Penal castiga las lesiones con penas que van desde una multa de un mes hasta prisión de doce años, según la gravedad del daño, el medio empleado y la relación entre agresor y víctima. La base legal está en los artículos 147 a 156 del Código Penal, y la pena concreta que se imponga determinará después si esos antecedentes penales se pueden cancelar y en qué plazo.
Qué se considera delito de lesiones
El artículo 147.1 del Código Penal define las lesiones como cualquier menoscabo de la integridad corporal o de la salud física o mental de otra persona que, para curar, requiera objetivamente tratamiento médico o quirúrgico además de la primera asistencia facultativa. Si no hace falta ese tratamiento posterior, el hecho puede calificarse como lesión leve o incluso como maltrato de obra sin lesión, con una respuesta penal mucho menor.
La gravedad se mide por el resultado causado (una cicatriz, una fractura, la pérdida de un órgano), no por la intención del agresor, aunque el dolo y las circunstancias del hecho sí influyen en la calificación jurídica y en la pena final.
Penas según la gravedad de la lesión
Lesión básica: artículo 147.1 del Código Penal
La lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico se castiga con prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses. El juez elige entre prisión o multa valorando la gravedad del resultado, los antecedentes del acusado y las circunstancias del hecho.
Lesión leve y maltrato de obra: artículo 147.2 y 147.3
Cuando la lesión es de menor entidad, el artículo 147.2 prevé una pena de multa de uno a tres meses. Si no hay lesión propiamente dicha, sino un golpe o maltrato sin menoscabo de la salud, el artículo 147.3 castiga ese maltrato de obra con multa de uno a dos meses. Estos delitos leves solo se persiguen si la víctima presenta denuncia.
Lesiones con armas u objetos peligrosos: artículo 148
El artículo 148 del Código Penal permite imponer las penas del artículo 147.1 en su mitad superior cuando concurre alguna circunstancia agravante: uso de armas, instrumentos, objetos, medios o métodos que pongan en peligro la vida o la salud; ensañamiento o alevosía; que la víctima sea menor de doce años o persona especialmente vulnerable; que la víctima sea o haya sido cónyuge o pareja del autor, aunque no convivan; o que se utilice violencia de género dentro de la relación.
Lesiones graves: artículos 149 y 150
Cuando el resultado es la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o grave enfermedad somática o psíquica, el artículo 149 impone prisión de seis a doce años. Si la pérdida o inutilidad afecta a un órgano o miembro no principal, el artículo 150 prevé prisión de tres a seis años.
Lesiones en el ámbito familiar o de pareja: artículo 153
Cuando la lesión leve, o el maltrato sin lesión, se produce sobre quien sea o haya sido cónyuge, pareja afectiva, descendientes, ascendientes o personas especialmente vulnerables que convivan con el autor, se aplica el artículo 153, que castiga estos hechos con prisión de seis meses a un año, o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a la tenencia de armas.
Cómo afecta una condena por lesiones a tus antecedentes penales
Toda condena firme por un delito de lesiones queda inscrita en el Registro Central de Penados, dependiente del Ministerio de Justicia y regulado por el Real Decreto 95/2009. Esa inscripción es la que genera los llamados antecedentes penales, visibles en el certificado de penales mientras no se cancelen.
Plazos para pedir la cancelación según el artículo 136 del Código Penal
El artículo 136 del Código Penal fija los plazos de cancelación contando desde que se cumple la condena, se declara prescrita la pena o se concede la remisión definitiva:
- Seis meses para penas leves, como las multas del artículo 147.2 o 147.3.
- Dos años para penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para el resto de penas menos graves inferiores a tres años.
- Cinco años para las penas graves que no superen los diez años, como las del artículo 150.
- Diez años para el resto de penas graves, incluidas las de prisión de seis a doce años del artículo 149.
Además del transcurso del plazo, es necesario haber satisfecho las responsabilidades civiles derivadas del delito, salvo insolvencia declarada por el propio tribunal sentenciador.
Qué hacer si te acusan de un delito de lesiones
Si has sido citado como investigado por unas lesiones, conviene no declarar ante la policía ni ante el juzgado sin asistencia de abogado, solicitar copia del atestado y de los partes médicos de la supuesta víctima, y valorar con un profesional si existen vías de acuerdo, como la conformidad, que pueden reducir la pena o permitir sustituirla por multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Cada causa se tramita en el Juzgado de Instrucción que corresponda por el lugar de los hechos, que es el órgano encargado de instruir el procedimiento antes de su enjuiciamiento.
Si ya existe una condena firme, lo relevante es calcular correctamente la fecha desde la que empieza a contar el plazo de cancelación y reunir la documentación que acredite el pago de la responsabilidad civil, porque sin ese pago el Registro Central de Penados no tramitará la cancelación aunque haya pasado el tiempo legal.
Preguntas frecuentes
¿Las lesiones leves tienen antecedentes penales?
Sí, cualquier condena firme, incluida la multa por lesiones leves del artículo 147.2, genera antecedentes penales, aunque su plazo de cancelación es el más corto previsto en el artículo 136 del Código Penal.
¿Qué diferencia hay entre lesión leve y lesión del artículo 147.1?
La diferencia está en si el daño requiere tratamiento médico o quirúrgico objetivo más allá de la primera cura. Si lo requiere, se aplica el artículo 147.1; si no, se trata como lesión leve del artículo 147.2.
¿Puede la víctima retirar la denuncia por lesiones?
En las lesiones leves, que requieren denuncia previa, el perdón del ofendido puede extinguir la responsabilidad penal si se produce antes de dictarse sentencia. En las lesiones del artículo 147.1 en adelante, al perseguirse de oficio, la retirada de la denuncia no impide que continúe el procedimiento.
¿Cuánto tiempo tarda en cancelarse una condena por lesiones graves?
Depende de la pena impuesta: desde dos años para penas de hasta doce meses hasta diez años para las penas graves de mayor duración, conforme a los plazos del artículo 136 del Código Penal, siempre que se haya abonado la responsabilidad civil.
¿Se puede evitar la prisión en una condena por lesiones?
Si la pena impuesta no supera los dos años de prisión y concurren los requisitos del artículo 80 del Código Penal, el tribunal puede conceder la suspensión de la ejecución, de forma que la pena no se cumpla en prisión si no se reincide durante el plazo fijado.